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PROYECTO DE CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL DE REACTIVACIÓN DEL SECTOR AGROPECUARIO Y PESCA

Comentarios para la versión

actualizada el 06 mar 2024
Comentarios sobre
Artículo 13.- Simplificación de trámites agropecuarios. La prestación de servicios financieros de crédito, ahorro e inversión, dirigidos al sector agropecuario, personas con discapacidad y de la tercera edad que realicen actividades agrícolas en cualquiera de sus sectores agropecuarios, deberá propender la presentación de la menor cantidad de requisitos, a fin de precautelar el efectivo acceso al servicio. No se impondrán trabas administrativas, ni solicitarán requisitos innecesarios o que consten en lasbases de datos de entidades públicas.

Comentarios (1)

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  • Elizabeth
    Elizabeth  •  Autor  •  23/03/2024 10:25:57

    En el Reglamento a este Proyecto se debería indicar en el caso de que un entidad pública no cuente con su base de datos actualizada que deberán realizar las otras entidades para la prestación de servicios. El Portal de datos públicos (ficha simplificada) a veces no está disponible o tiene desactualizada la información

    Sin respuestas